IMPUNIDAD EN EL PAIS DE LA COLA DE PAJA
Según señala un artículo de Mauricio Pérez en la revista Caras y Caretas, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) consideró, en un fallo reciente, que la ley de Caducidad tuvo “una finalidad de reconciliación” de la sociedad uruguaya, tras los hechos acaecidos durante la dictadura. Además, afirmó que el fallo de la Corte IDH en el caso Gelman vs. Uruguay es “incompatible” con ese camino de reconciliación. El referido fallo agrega también que: “No puede confundirse dicha situación con el caso particular del Uruguay, porque en nuestro país existió una opción por la indulgencia, con una finalidad de reconciliación, expresada por la mayoría de la ciudadanía en el referéndum del año 1989 –que algunos aislados analistas atribuyen a la fragilidad institucional y al miedo remanente de la dictadura– pero que, superada largamente esa etapa la misma opción se reitera en el año 2009” Más allá de los argumentos jurídicos del fallo de la SCJ, que se podrán compartir o no (yo no los comparto), hay al