LA IMPUNIDAD TIENE QUIEN LE ESCRIBA
Finalmente, el pueblo uruguayo, tras un esfuerzo militante enorme, de grandes sacrificios y de lucha contra la adversidad y el ninguneo de la gran prensa, logró la hazaña que muchos creían que no lograría: juntar las firmas necesarias para anular la ley de impunidad, con un plus de decenas de miles (por si las moscas).
Sin embargo, la campaña para evitar la anulación de la ley ya comenzó hace rato. Líderes políticos de los partidos tradicionales ya han expresado que votarán contra la anulación, y diversos intelectuales que alguna vez fueron progresistas (o así parecía), vienen dando sus argumentaciones en ese sentido.
Tal es el caso del Dr. Hebert Gatto, que en un editorial del diario El País, y desde el Olimpo, nos dice que “Poca gente, incluyendo a sus partidarios, es consciente de las implicaciones de la parcial anulación de la ley de Caducidad. Menos saben que para ello se apela a un mecanismo tan excepcional como la reforma de la Constitución.” Es decir, tomen nota manga de ignorantes que salieron a recoger firmas desde el 7 de setiembre de 2007 sin tener ni la más mínima idea de lo que estaban haciendo. Ahora el Dr. Hebert Gatto se los explica (porque se encuentra entre los únicos que lo saben): estaban proponiendo la reforma de la Constitución. Y también les explica cuales son las implicaciones: “...de tener éxito supondrá que por primera vez en la historia del Uruguay se derogará con efecto retroactivo una norma penal -tales son los efectos de la cacareada anulación-, para someter a juicio a gente que, en la mayoría de los casos, puede ser juzgada, y lo está siendo, por el simple procedimiento de cumplir la ley vigente tal como la interpreta hoy el Poder Ejecutivo”. No entiendo que es lo que le preocupa al Dr. Gatto. Si hay una ley que no sirve para nada, ya que su intención es evitar que la diversa gama de alimañas que actuaron durante la dictadura sean juzgados y, pese a todo, se los puede juzgar igual, ¿qué problema hay en anular esa ley? Pero también le preocupan otras cosas al Dr. Gatto. Nos dice lo siguiente: “La ley, puede ser nula, pero, para así verificarlo, no existe ningún otro procedimiento que la inconstitucionalidad, declarada por la Suprema Corte con efectos limitados al caso concreto” y luego: “Puesto que aquí se procura algo no previsto en nuestro derecho, como es la inconstitucionalidad de la ley de Caducidad con efectos generales y sin intervención de la Corte, se recurre para conseguirlo a un procedimiento inédito: reformar la Constitución”. Es decir, admite que la ley puede ser nula (bueno sería que no lo admitiera), pero le preocupa que sea el pueblo, mediante un plebiscito, quien la anule, ya que eso sería facultad de la Suprema Corte. Sin embargo, no le preocupa para nada que la propia ley de impunidad le quite a la Justicia nada menos que la potestad de decidir si un delincuente debe ser juzgado o no, dándole esa potestad al Poder Ejecutivo. Es realmente curiosa la preocupación de Gatto.
Y dice también que “...se propone derogar retroactivamente una norma de naturaleza penal pretendidamente ilegítima -la ley de amnistía-, convocando a tal fin al cuerpo electoral en función constituyente. En lo que equivale a juzgar a una persona mediante el voto de la multitud”. Por favor Dr. Gatto, ya nos subestimó lo suficiente al comienzo de su nota. Los uruguayos sabemos que la ley de impunidad es ilegítima; sáquele el “pretendidamente”. Una ley que se votó bajo la amenaza de un golpe de Estado es ilegítima por donde se la mire. Y no quiera confundir a la gente. La ley de impunidad no es una ley de amnistía. Para que haya una amnistía, debe haber un juicio previo y una condena, no se puede amnistiar sin saber a quien ni por qué delitos, no nos tome por tontos. Y la multitud no estará juzgando a una persona, la multitud (en eso acierta, seremos multitudes) estará juzgando a la propia ley de impunidad. Y dirá –votando por sí a la anulación- que el pueblo uruguayo no quiere tener en su ordenamiento jurídico una ley que no solo es ilegítima, sino que además es injusta, y por sobre todas las cosas, es inmoral.
Pero Gatto no es el único. En la contratapa de Voces del Frente del pasado jueves, escribió Carlos Maggi. Y arranca con una especie de terrorismo verbal, con augurios catastróficos, cuyo objetivo es seguramente asustar a los posibles votantes por la anulación. Para Maggi, de prosperar el Plebiscito y anularse la ley de impunidad, “Sería un caso extraordinario, que una norma constitucional plebiscitada pudiera destruir la mayor parte de las normas que integran la Carta Magna y acabar con el sistema democrático vigente”. A ver, Sr. Carlos Maggi, ¿no le parece un poquito exagerado? Una reforma constitucional que hace caer una ley infame, ¿destruye la Carta Magna y acaba con el sistema democrático? Es casi un golpe de estado ¿no? Se parece demasiado a las amenazas de los partidarios del voto amarillo. En ese entonces la opción era, votar amarillo (confirmar la ley) y continuar con el “cambio en paz”, o votar verde (derogar la ley) y con eso “comprometer la paz y las instituciones”. Tanto la votación de la ley, como el referéndum para derogarla, estuvieron teñidos de amenazas abiertas a la ciudadanía. Como bien dice Hoenir Sarthou en la misma edición de ese semanario, “La aprobación de la ley de caducidad y el referéndum que la convalidó no fueron actos libres del Parlamento ni del cuerpo electoral”. Ya se, a usted le preocupa que si esta reforma constitucional prospera, al pueblo uruguayo se le puede ocurrir hacer un plebiscito por cualquier cosa que se le antoje (usted lo llama “la dictadura de los plebiscitos”). Pobre concepto tiene usted del pueblo uruguayo. Y luego agrega que “Esta reforma vendría a instalar un procedimiento claramente contrario al artículo3º de la Constitución que dice: “La soberanía en toda su plenitud existe radicalmente en la Nación”. Más allá de que el artículo al que usted se refiere no es el 3º sino el 4º, sus preocupaciones constitucionales no son del todo claras Sr. Maggi. Le preocupan algunas cosas y otras no. Le preocupa el artículo 3º (es el 4º), pero no le preocupa el hecho claro e irrebatible de que la ley de impunidad viola flagrantemente el artículo 233 de la Constitución, que dispone expresamente que el Poder Judicial será ejercido por la Suprema Corte de Justicia y los Tribunales y Juzgados respectivos, en tanto la referida ley adjudica esas funciones al Poder Ejecutivo. O la violación del artículo 8º, que establece que “Todas las personas son iguales ante la ley, no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes”, que también viola la ley de impunidad. Salvo que se considere un talento y una virtud especial la capacidad para torturar, matar y hacer desaparecer. Luego usted dice que “el ejercicio de la democracia directa (...) no puede avasallar la soberanía de la Nación. Olvida usted que el titular de la soberanía es el pueblo mismo, y que por tanto al ejercer su derecho a expresarse en un plebiscito de ninguna manera puede avasallarse a sí mismo. Lo que agrega luego, ni siquiera lo transcribo porque es verdaderamente despreciable -y en eso se parece mucho a lo que escribe Hebert Gatto- ya que resuma un menosprecio hacia el pueblo uruguayo digno de mejores causas.
El pueblo uruguayo es mucho más inteligente de lo que estos dos escribas de la impunidad suponen, y ya concluyó la primera parte de su lucha, las firmas. Ahora nos toca concluir este capítulo. Terminar de una vez y para siempre con el oprobio de una ley legalmente inconstitucional y nula, pero además moral y éticamente infame. Es la hora de arrancarle de raíz esta espina que no le permite caminar debidamente a nuestra democracia. Para que la vida democrática sea plena y para cumplir con nuestras conciencias democráticas y nuestros ideales de justicia arrancamos ya con la campaña por la anulación definitiva. Festejemos uruguayos, la victoria está cerca.
Sin embargo, la campaña para evitar la anulación de la ley ya comenzó hace rato. Líderes políticos de los partidos tradicionales ya han expresado que votarán contra la anulación, y diversos intelectuales que alguna vez fueron progresistas (o así parecía), vienen dando sus argumentaciones en ese sentido.
Tal es el caso del Dr. Hebert Gatto, que en un editorial del diario El País, y desde el Olimpo, nos dice que “Poca gente, incluyendo a sus partidarios, es consciente de las implicaciones de la parcial anulación de la ley de Caducidad. Menos saben que para ello se apela a un mecanismo tan excepcional como la reforma de la Constitución.” Es decir, tomen nota manga de ignorantes que salieron a recoger firmas desde el 7 de setiembre de 2007 sin tener ni la más mínima idea de lo que estaban haciendo. Ahora el Dr. Hebert Gatto se los explica (porque se encuentra entre los únicos que lo saben): estaban proponiendo la reforma de la Constitución. Y también les explica cuales son las implicaciones: “...de tener éxito supondrá que por primera vez en la historia del Uruguay se derogará con efecto retroactivo una norma penal -tales son los efectos de la cacareada anulación-, para someter a juicio a gente que, en la mayoría de los casos, puede ser juzgada, y lo está siendo, por el simple procedimiento de cumplir la ley vigente tal como la interpreta hoy el Poder Ejecutivo”. No entiendo que es lo que le preocupa al Dr. Gatto. Si hay una ley que no sirve para nada, ya que su intención es evitar que la diversa gama de alimañas que actuaron durante la dictadura sean juzgados y, pese a todo, se los puede juzgar igual, ¿qué problema hay en anular esa ley? Pero también le preocupan otras cosas al Dr. Gatto. Nos dice lo siguiente: “La ley, puede ser nula, pero, para así verificarlo, no existe ningún otro procedimiento que la inconstitucionalidad, declarada por la Suprema Corte con efectos limitados al caso concreto” y luego: “Puesto que aquí se procura algo no previsto en nuestro derecho, como es la inconstitucionalidad de la ley de Caducidad con efectos generales y sin intervención de la Corte, se recurre para conseguirlo a un procedimiento inédito: reformar la Constitución”. Es decir, admite que la ley puede ser nula (bueno sería que no lo admitiera), pero le preocupa que sea el pueblo, mediante un plebiscito, quien la anule, ya que eso sería facultad de la Suprema Corte. Sin embargo, no le preocupa para nada que la propia ley de impunidad le quite a la Justicia nada menos que la potestad de decidir si un delincuente debe ser juzgado o no, dándole esa potestad al Poder Ejecutivo. Es realmente curiosa la preocupación de Gatto.
Y dice también que “...se propone derogar retroactivamente una norma de naturaleza penal pretendidamente ilegítima -la ley de amnistía-, convocando a tal fin al cuerpo electoral en función constituyente. En lo que equivale a juzgar a una persona mediante el voto de la multitud”. Por favor Dr. Gatto, ya nos subestimó lo suficiente al comienzo de su nota. Los uruguayos sabemos que la ley de impunidad es ilegítima; sáquele el “pretendidamente”. Una ley que se votó bajo la amenaza de un golpe de Estado es ilegítima por donde se la mire. Y no quiera confundir a la gente. La ley de impunidad no es una ley de amnistía. Para que haya una amnistía, debe haber un juicio previo y una condena, no se puede amnistiar sin saber a quien ni por qué delitos, no nos tome por tontos. Y la multitud no estará juzgando a una persona, la multitud (en eso acierta, seremos multitudes) estará juzgando a la propia ley de impunidad. Y dirá –votando por sí a la anulación- que el pueblo uruguayo no quiere tener en su ordenamiento jurídico una ley que no solo es ilegítima, sino que además es injusta, y por sobre todas las cosas, es inmoral.
Pero Gatto no es el único. En la contratapa de Voces del Frente del pasado jueves, escribió Carlos Maggi. Y arranca con una especie de terrorismo verbal, con augurios catastróficos, cuyo objetivo es seguramente asustar a los posibles votantes por la anulación. Para Maggi, de prosperar el Plebiscito y anularse la ley de impunidad, “Sería un caso extraordinario, que una norma constitucional plebiscitada pudiera destruir la mayor parte de las normas que integran la Carta Magna y acabar con el sistema democrático vigente”. A ver, Sr. Carlos Maggi, ¿no le parece un poquito exagerado? Una reforma constitucional que hace caer una ley infame, ¿destruye la Carta Magna y acaba con el sistema democrático? Es casi un golpe de estado ¿no? Se parece demasiado a las amenazas de los partidarios del voto amarillo. En ese entonces la opción era, votar amarillo (confirmar la ley) y continuar con el “cambio en paz”, o votar verde (derogar la ley) y con eso “comprometer la paz y las instituciones”. Tanto la votación de la ley, como el referéndum para derogarla, estuvieron teñidos de amenazas abiertas a la ciudadanía. Como bien dice Hoenir Sarthou en la misma edición de ese semanario, “La aprobación de la ley de caducidad y el referéndum que la convalidó no fueron actos libres del Parlamento ni del cuerpo electoral”. Ya se, a usted le preocupa que si esta reforma constitucional prospera, al pueblo uruguayo se le puede ocurrir hacer un plebiscito por cualquier cosa que se le antoje (usted lo llama “la dictadura de los plebiscitos”). Pobre concepto tiene usted del pueblo uruguayo. Y luego agrega que “Esta reforma vendría a instalar un procedimiento claramente contrario al artículo3º de la Constitución que dice: “La soberanía en toda su plenitud existe radicalmente en la Nación”. Más allá de que el artículo al que usted se refiere no es el 3º sino el 4º, sus preocupaciones constitucionales no son del todo claras Sr. Maggi. Le preocupan algunas cosas y otras no. Le preocupa el artículo 3º (es el 4º), pero no le preocupa el hecho claro e irrebatible de que la ley de impunidad viola flagrantemente el artículo 233 de la Constitución, que dispone expresamente que el Poder Judicial será ejercido por la Suprema Corte de Justicia y los Tribunales y Juzgados respectivos, en tanto la referida ley adjudica esas funciones al Poder Ejecutivo. O la violación del artículo 8º, que establece que “Todas las personas son iguales ante la ley, no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes”, que también viola la ley de impunidad. Salvo que se considere un talento y una virtud especial la capacidad para torturar, matar y hacer desaparecer. Luego usted dice que “el ejercicio de la democracia directa (...) no puede avasallar la soberanía de la Nación. Olvida usted que el titular de la soberanía es el pueblo mismo, y que por tanto al ejercer su derecho a expresarse en un plebiscito de ninguna manera puede avasallarse a sí mismo. Lo que agrega luego, ni siquiera lo transcribo porque es verdaderamente despreciable -y en eso se parece mucho a lo que escribe Hebert Gatto- ya que resuma un menosprecio hacia el pueblo uruguayo digno de mejores causas.
El pueblo uruguayo es mucho más inteligente de lo que estos dos escribas de la impunidad suponen, y ya concluyó la primera parte de su lucha, las firmas. Ahora nos toca concluir este capítulo. Terminar de una vez y para siempre con el oprobio de una ley legalmente inconstitucional y nula, pero además moral y éticamente infame. Es la hora de arrancarle de raíz esta espina que no le permite caminar debidamente a nuestra democracia. Para que la vida democrática sea plena y para cumplir con nuestras conciencias democráticas y nuestros ideales de justicia arrancamos ya con la campaña por la anulación definitiva. Festejemos uruguayos, la victoria está cerca.
Comentarios