EL COMERCIO DE SERVICIOS - ¿Al servicio de quién?


Tanto en las negociaciones multilaterales como en las bilaterales, no existe una definición sobre servicios. Sin embargo, se conocen sus características: a) son intangibles, b) la producción y el consumo se dan en simultáneo, y c) son no almacenables. Estas tres características hacen que el comercio internacional de servicios se dé de múltiples maneras. Va más allá de la visión clásica donde la mercancía tiene que atravesar la frontera del país exportador al país importador. En el mundo del comercio de servicios se puede exportar de la forma tradicional; es decir, cuando es el servicio (producto) quien atraviesa las fronteras –como en el caso de telefonía de larga distancia internacional o el transporte aéreo o marítimo internacional (comercio transfronterizo), o cuando el consumidor del país extranjero atraviesa las fronteras para consumir servicios –tales como el turismo, educación o salud en otro país (consumo en el extranjero). Asimismo, se considera exportación de servicios al establecimiento de una inversión en un sector de servicios (presencia comercial) y al movimiento temporal de trabajadores a otro país (presencia temporal de personas físicas). Estas cuatro modalidades fueron establecidas, por primera vez, en el Acuerdo General de Comercio de Servicios de la Organización Mundial de Comercio (OMC).
El antiguo GATT se refería al comercio de bienes, pero desde los años setenta Estados Unidos, Europa y Japón han presionado para que se negocie, también, el comercio de servicios, y el acuerdo se aprobó en 1993 en la Ronda Uruguay del GATT. El hecho de ser una actividad en fuerte expansión y crecimiento de la productividad, y las dificultades en cuanto a información disponible (incompleta y/o insuficiente) llevaron a que el acuerdo dispusiera que los compromisos que cada país estuviera dispuesto a asumir debieran negociarse por listas positivas. Es decir, cada país indica qué áreas de servicios y qué transacciones está dispuesto a negociar, y sólo asume compromisos, cuando así le resulte conveniente, específicamente en esas áreas y en esas transacciones. Sin embargo, en los TLC que negocia Estados Unidos hay que saber que éste sólo acepta, en servicios, las listas negativas, según las cuales únicamente quedan fuera del compromiso las áreas y transacciones que se han excluido expresamente, quedando liberalizadas todas las demás. Aún las que se desarrollen en el futuro.
Los servicios en el TLC peruano
En el TLC entre Perú y EEUU existen cuatro capítulos relacionados con servicios: 1) comercio transfronterizo de servicios, 2) servicios financieros, 3) telecomunicaciones y 4) inversión.
En el capítulo sobre servicios financieros, básicamente se acuerda el compromiso de no imponer restricciones al comercio de estos servicios. El capítulo sobre telecomunicaciones es de corte regulatorio y tiene la finalidad de promover mayor competencia en este sector. Los capítulos sobre comercio transfronterizo de servicios y sobre inversión establecen las disciplinas de libre comercio de servicios para los cuatro modos de suministro explicados más arriba.
Los elementos centrales del libre comercio de servicios se establecen en los artículos sobre:a) Trato nacional: los países se comprometen a no establecer medidas discriminatorias en favor del productor nacional sobre el extranjero. Como ejemplos podemos citar: requisitos de nacionalidad, impuestos discriminatorios y requisitos de contenido local.b) Acceso a mercados: los países se comprometen a no imponer limitaciones al número de proveedores, al valor total de activos o de transacciones, al número total de operaciones de servicios, al número total de personas que pueden ser empleadas, o medidas que restringen o prescriban tipos específicos de personas jurídicas.
c) Presencia local: los países no pueden exigir a un proveedor de servicios tener una oficina de representación o una empresa localmente establecida para proveer un servicio que podría ser suministrado desde el exterior.
d) Nación más favorecida: los países se comprometen a no otorgar un mejor trato a un tercer país y en caso de que este trato se otorgue, se debe hacer extensivo al socio comercial.
¿Qué Servicios?
Los servicios que se liberalizan en los TLC que firma EEUU, abarcan, entre otros, los servicios prestados a las empresas, comunicaciones, construcción, distribución, enseñanza, los servicios relacionados con el medio ambiente, con la salud, los servicios financieros, turismo, esparcimiento, servicios culturales, deporte, transportes, y el infaltable “otros servicios”.
Creemos que todos ellos importan y mucho, pero que seguramente los más sensibles son los que tienen que ver con las comunicaciones, la salud y la educación. Cuando elementos como la salud o la educación se convierten en mercancías, todos sabemos que los grandes beneficiados no resultan ser justamente los más necesitados. La liberalización de la prestación del servicio de educación como parte de la agenda de los servicios transfronterizos, conducirá a una mayor mercantilización del derecho a la educación, en todos los niveles y modalidades, así como del derecho a la salud. De acuerdo con la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) la “industria de la educación”mueve U$S 30 billones anuales en todo el mundo y alrededor de 97 millones de estudiantes/consumidores, y esto no deja de ser un atractivo para las empresas norteamericanas del rubro. Al igual que decíamos en nuestro artículo anterior sobre “compras gubernamentales”, liberalizar el comercio de servicios (salud, educación, servicios públicos, financieros) limita las políticas de los gobiernos, mediante restricciones jurídicas y sanciones comerciales. Una pregunta que alguien quizá pueda responder, es que pasaría con la reforma de la salud que está por comenzar su trámite parlamentario y que tantas expectativas ha despertado en la población, en caso de liberalizar los servicios de salud en un TLC con los Estados Unidos.
El otro tema nada menor, es la amenaza sobre las telecomunicaciones. Un asunto que puede llegar a lesionar gravemente los intereses nacionales si se entrega el mercado de las telecomunicaciones a los grandes monopolios extranjeros, tema que también está contemplado en los acuerdos. En la tercera ronda de negociaciones del TLC Perú-EEUU, la jefa del equipo negociador de Estados Unidos, señaló que su nación exigía la apertura total del sector de las telecomunicaciones, a fin de permitir el ingreso de sus transnacionales al mercado peruano y la libre operación de sus compañías, incluso si éstas no tuvieran presencia en ese país. Es decir, la venta transfronteriza de servicios. Empresas que sin invertir ni un solo peso en el país, sin crear ni un solo puesto de trabajo, pueden llegar a adueñarse del mercado. Igualmente reclamó, que se acabara la propiedad estatal que, aún hoy, y después de años de privatizaciones, tiene la mayoría de las empresas de telefonía fija y parte de la móvil del Perú. Esta señora alegó que el Estado no puede ser regulador de un servicio y, al tiempo, propietario y operador del mismo. En la anterior negociación con Colombia, “aceptó” la presencia del Estado en la prestación del servicio, pero exigió la independencia del ente regulador, algo así como la “independencia” del Banco Central que se nos quiere vender a nosotros. Lo que se persigue es grave para la soberanía del país. Las multinacionales pueden controlar de manera estratégica las comunicaciones de una nación y aislarla o someterla. Todo esto significa un desmantelamiento del Estado que perdería sus funciones más básicas y prácticamente sería sustituido por el régimen de las empresas transnacionales más fuertes.


Martes, 27 de Febrero de 2007

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